Generalmente, se prescribe a las mujeres con un grupo sanguíneo negativo que tienen un aborto inducido o espontáneo o un parto una inyección de inmunoglobulina anti-D porque si el feto es de grupo sanguíneo positivo y hay intercambios de sangre entre el feto y la mujer, esta puede desarrollar anticuerpos en su sangre que pueden afectar un futuro embarazo deseado.
Sin embargo, la investigación sobre el aborto inducido o espontáneo durante el primer trimestre (12 primeras semanas) ha mostrado que hay ninguno o pocos intercambios de sangre entre el feto y la mujer, y que esta no produce cantidades suficientemente importantes de anticuerpos como para afectar el próximo embarazo. (62, 107) Por eso no recomendamos la inyección de inmunoglobulina anti-D. Sin embargo, si no te sientes segura con eso, puedes ir a consultar un médico o al hospital después del aborto explicando que tuviste un aborto espontáneo. El médico decidirá si hay que darte o no una inyección de inmunoglobulina anti-D.
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Algunos resultados muestran que administrar inmunoglobulina anti-D por sangrados vaginales durante el primer semestre puede prevenir la reacción maternal o el desarrollo de una enfermedad hemolítica en el recién nacido. La práctica de administrar inmunoglobulina anti-D a una mujer de grupo sanguíneo RH negativo después de un aborto espontáneo ocurrido durante el primer semestre del embarazo está fundada en opiniones de expertos y extrapolaciones de casos de hemorragias feto-maternales en el curso de embarazos avanzados. La eficacia de su uso en el primer trimestre no está comprobada. (62, 107)